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Instalaciones fotovoltaicas conectadas a red

Indicadas cuando su emplazamiento sea en lugar cercana a la red eléctrica (tejados, finca....). Al tratarse de una instalación para vender energía a la compañía eléctrica, el titular debe tener la posibilidad de emitir facturas. Son ideales para autónomos, empresas, colegios, ayuntamientos...

Según los R.D. 2818/1998, 1663/2000 y 463/2004, las compañías eléctricas están obligadas a comprar la energía producida por los paneles a un precio de 0,4144 €/Kwh para instalaciones menores de 100 kW de potencia.

Una instalación fotovoltaica se compone de:

  • Módulos fotovoltaicos (paneles solares): producen la energía eléctrica en corriente continua.
  • Seguidor solar: estructura donde se instalan los paneles y que orienta permanentemente los paneles al sol para obtener el máximo rendimiento. Obteniendo aproximadamente un 30% más de producción.
  • Inversor: coge la energía de los módulos y la transforma a corriente alterna en 220 V, pudiendo así verterse a la red eléctrica.
  • Protecciones: protegen a la instalación de los incidentes.
  • Equipos de medida: contabilizan la energía producida y consumida.

Las obligaciones del propietario de la instalación son:

  • Darse de alta en el I.A.E.
  • Inscribirse en el R.E.P.E.
  • Realizar las declaraciones trimestrales y anual del I.V.A. así como cumplir las obligaciones tributarias que conllevan los ingresos obtenidos de la producción.

Subvenciones

  • Existen subvenciones de distintas administraciones.
  • Eosolar tramita las subvenciones aplicables.

Garantías

  • Instalación garantizada por 3 años
  • Módulos garantizados por 10 años

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Seguidor solar